Objetivo es que contribuyentes eviten incurrir en ventajas indebidas.
A 13 incrementó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) el número de esquemas de alto riesgo fiscal, tras actualizar el catálogo de estas modalidades que buscarían la obtención de ventajas tributarias indebidas en perjuicio del Estado.
El nuevo Catálogo de Esquemas de Alto Riesgo Fiscal, que contaba con cinco modalidades, tiene como propósito que todos los contribuyentes, asesores legales y tributarios, así como la academia, conozcan estos esquemas.
Así, evitarán incurrir en tales prácticas, las cuales son objeto de evaluación y fiscalización prioritaria por la Sunat, por generar perjuicio al Tesoro Público, afirmó el intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la entidad, Palmer De la Cruz Pineda.
Cumplimiento
Sostuvo que con los esquemas descritos se espera motivar el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. En diálogo con la prensa, no descartó que a futuro se incorporen nuevas modalidades al catálogo.
En siete de los nuevos esquemas, bajo ciertas condiciones, se podría aplicar la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario. En forma adicional, en uno de los casos se estableció la existencia de elementos suficientes para aplicar la norma antielusiva general, el que se publica según lo establecido en la segunda disposición complementaria final del Decreto Supremo N° 145-2019-EF, aseveró.
De la Cruz detalló que los nuevos esquemas identificados son: Contrato de cesión de concesión de una industria extractiva con pagos encubiertos en una compraventa resuelta de acciones; y Venta y posterior recompra de vehículo bajo la apariencia de anulación de dicha venta.
Figuran también la Enajenación directa de acciones de sociedad peruana encubierta por un aporte de capital y posterior reducción de este; Transferencia de beneficios a régimen fiscal preferencial; y Préstamo con apariencia de arrendamiento financiero.
Se suman Intermediación en la venta de minerales a través de una sociedad sin sustancia económica; Distribución indirecta de rentas de una entidad sin fines de lucro bajo la apariencia de pagos a un proveedor del exterior; y Transferencias de inmuebles al accionista y su posterior arrendamiento por este a la misma empresa.
Minerales
Palmer De la Cruz puso como ejemplo el esquema 13, la intermediación en la venta de minerales mediante una sociedad sin sustancia económica, como una de las modalidades de potencial incumplimiento tributario. Una compañía domiciliada en el Perú vende concentrado de mineral pactando un precio subvaluado a una empresa que no tiene sustancia económica y se ubica en un paraíso fiscal. Después, la empresa adquiriente vende el mismo mineral a un cliente domiciliado en un tercer país y a un precio significativamente mayor. El destino final de los bienes es distinto al facturado, el mineral sale del Perú y va directamente al cliente del tercer país.
Según refirió, las transacciones que involucran venta de minerales con paraísos fiscales suman un promedio anual de 2,000 millones de dólares, mientras que solo se registran exportaciones a esos países o territorios por 8 millones de dólares anuales.
Diario El Peruano 12.10.2022