Con la finalidad de uniformar una serie de aspectos que comparten el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) que formarán parte del Sistema Integrado de Registros Electrónicos, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó las disposiciones relativas al llevado en forma electrónica del RVIE.
Esto teniendo en cuenta las diferencias propias de cada registro y para dar facilidades para la anotación y/o hacer ajustes formales, de modo tal que el RVIE permita la anotación de la factura emitida a extranjeros no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas, cuando corresponda al amparo de la normativa vigente, y que la normativa refleje aquello que el módulo RVIE puede proporcionar.
Directrices
El RVIE constituye un medio desarrollado de forma simple que permite el registro de ventas e ingresos electrónicos de los comprobantes de pago que se emiten por una actividad económica.
En ese contexto, para la generación del RVIE y/o la anotación de operaciones en dicho registro, a partir del segundo día calendario de cada mes, la Sunat pondrá a disposición mediante el módulo RVIE un archivo plano con la propuesta de RVIE de ese mes, que contenga la información relativa a los comprobantes de pago, notas de débito y de crédito que haya recibido del emisor, mediante el envío de ejemplares, declaraciones juradas informativas y comunicaciones de baja, señala la Resolución de Superintendencia N° 000138/Sunat.
Tal propuesta, añade, podrá presentarse en blanco, en caso la Sunat no haya recibido la mencionada información.
No obstante, si el generador opta por complementar o reemplazar la propuesta de RVIE, se podrá cargar la información directamente en el formulario que obra en el módulo RVIE, salvo cuando se utilice el servicio web API Sunat y/o en el(los) archivo(s) plano(s) respectivo(s) según corresponda, detalla la citada resolución.
Mediante dicha norma, la administración tributaria modifica la Resolución de Superintendencia Nº 000112-2021/Sunat, que dicta disposiciones para el llevado del RVIE.
Asimismo, modifica el texto que la Resolución de Superintendencia N° 000040-2022/Sunat dispone en varios de sus anexos y en virtud de la cual se aprueba a partir del 1° de julio del presente año el Sistema Integrado de Registros Electrónicos para que mediante él se lleve el RCE y el RVIE.
Objeto
La Resolución de Superintendencia N° 000138-2023/Sunat tiene por objeto modificar aspectos relativos a la oportunidad en que se consideran determinados comprobantes de pago en la propuesta de RVIE a que se refiere la Resolución de Superintendencia N° 000112-2021/Sunat; la complementación y reemplazo de la propuesta de RVIE; la anotación de operaciones en él si se hubiese comunicado la suspensión temporal de actividades; los ajustes posteriores, entre otros.
Diario El Peruano 01.07.2023