Decreto Supremo N° 068-2022-PCM no afectará plazos, manifiesta estudio de abogados.
El Decreto Supremo N° 068-2022-PCM, que declara este lunes 13 como día no laborable compensable para el sector público, precisó también que no se afectarán los plazos tributarios y esa fecha se considerará día hábil para esos fines.
Así lo señaló el área laboral del estudio de abogados Miranda & Amado al explicar los principales aspectos de la norma que se aprobó para garantizar el orden interno y la seguridad ciudadana durante esa jornada en que la selección peruana disputará con su similar de Australia la penúltima plaza para la Copa Mundial de Fútbol Catar 2022.
El estudio recalcó que el día no laborable se aplicará a escala nacional a los trabajadores del sector público. “No obstante, los titulares de estas entidades deberán garantizar la provisión de los servicios esenciales e indispensables para la sociedad”, aseveró.
Esa jornada laboral se deberá compensar en los 10 días inmediatos siguientes o en la oportunidad que establezca el titular de la entidad estatal.
Mientras, en el sector privado, el empleador y los trabajadores se podrán acoger voluntariamente al día no laborable compensable previo acuerdo. Además, establecerán la recuperación respectiva; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Personal
Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que efectúan servicios sanitarios y de salubridad, sepelios limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible estarán facultadas a determinar los puestos y empleados que continuarán laborando para garantizar los servicios a la comunidad.
A estas condiciones se sumarán las compañías de comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia y traslado de valores, expendio de víveres y alimentos, detalla el estudio.
Diario El Peruano [11.06.2022]