Anteriormente ya se propuso dicho beneficio con duración indeterminada. Sin embargo, para que el proyecto sea aprobado debe contar con valoración positiva del Ministerio de Economía.
La bancada de Fuerza Popular, la cual, actualmente, es la más grande en el Congreso, presentó un nuevo proyecto de ley que busca exonerar las gratificaciones y aguinaldos del pago del Impuesto a la Renta (IR) hasta el final del 2025, como sucede con la CTS o los aportes a la jubilación de un trabajador.
Actualmente, el pago de gratificaciones no se encuentra sujeto a deducciones por aportes a Essalud ni a contribuciones de dicho tipo.
En ese sentido, el proyecto busca extender dicho beneficio para que también se incluya al IR dentro de los supuestos exonerados. Ello, de manera extraordinaria, a efectos de “paliar la caída del poder adquisitivo y la difícil situación económica por la que atraviesan los trabajadores en relación de dependencia del país”.
Es decir, se busca otorgar dicho beneficio en el contexto de la situación económica afectada por la guerra entre Rusia y Ucrania.
Antecedente
Una propuesta similar ya se discutió en años pasados e inclusive fue considerada en el 2009, año en el que se aprobó la exoneración temporal de los aportes al seguro social de salud en el caso de las gratificaciones, beneficio que fue ampliado en 2015 y que sigue vigente hasta el día de hoy.
Según explica Jorge Dávila, socio el estudio Olaechea, propuestas similares fueron rechazadas en el pasado debido a que se consideró que la medida sería “regresiva”.
“Esto es, se beneficiaría a un grupo de contribuyentes de ingresos medios o altos por rentas del trabajo, generando además un impacto negativo al reducir la recaudación necesaria para realizar gasto público en favor de todos”, indica Dávila.
Dávila agrega que para que el proyecto sea aprobado debe contar con un informe previo del MEF que lo avalé. Señala que se podría esperar que la apreciación del ministerio sea negativa, como lo fue años atrás cuando se propuso en el gobierno del entonces presidente Alan García.
“El Código Tributario establece además otros requisitos que debe contener la exposición de motivos; entre estos, debe especificarse el ingreso alternativo respecto de los ingresos que se dejarán de percibir a fin de no generar déficit presupuestario”, señala el abogado.
Historia
La gratificación inicialmente era una liberalidad por parte del empleador, la cual no estaba sujeto a ningún impuesto o deducción. Es solo cuando el Gobierno hizo que dicho pago sea una obligación para los empleadores, que se le empezó a aplicar impuestos, lo cual es materia de debate desde hace años.
Diario Gestión [09.06.2022]