La administración tributaria empezará este mes con la fiscalización parcial electrónica a un grupo de contribuyentes que habrían presentado una determinación incorrecta de sus impuestos.
Así, la Sunat dará inicio a un nuevo control mediante el uso de la plataforma virtual de fiscalización parcial electrónica, que elimina los procedimientos presenciales por el soporte 100% digital.
Este tipo de control, facultado por el Código Tributario, se efectúa sin que los contribuyentes realicen trámites en las oficinas de la Sunat y sin que los auditores los visiten. El procedimiento es breve y se sustenta en el uso de información de registros y comprobantes de pago electrónicos habilitados para simplificar el cumplimiento fiscal.
Por lo tanto, este proceso reduce el tiempo que el contribuyente dedica a la atención de lo solicitado por la Sunat. En una primera etapa, la verificación se enfoca en las deducciones sustentadas con comprobantes de pago emitidos por proveedores no habidos, o que, al momento de la emisión, se encontraban con baja del RUC definitiva y/o de oficio.
Se trata, además, de una acción de verificación que culmina con la emisión de una resolución de determinación y, de ser el caso, de una multa. Por ello, no debe considerarse una disposición preventiva o inductiva.
Datos
En esta fiscalización, los obligados tienen un canal único y específico para presentar sus descargos: la Plataforma Virtual de Fiscalización Parcial Electrónica, disponible en Sunat Operaciones en Línea (SOL).
Por lo tanto, no se puede presentar documentos por mesa de partes de manera física ni virtual.