Modifican la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT, que aprueba normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, a fin de incorporar bienes a dicho sistema.
Mediante Resolución de Superintendencia N° 246-2017/SUNAT se incorpora al azúcar y al alcohol etílico en el Anexo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, de acuerdo a lo siguiente:
Incorpórase a la caña de azúcar en el Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, de acuerdo a lo siguiente:
Vigencia
La presente resolución entrará en vigencia el 16 de octubre de 2017 y se aplicará:
- A la venta de bienes y al retiro considerado venta cuyo nacimiento de la obligación tributaria del impuesto general a las ventas se origine a partir de su vigencia.
- A los traslados que se inicien a partir de su vigencia.
- A las operaciones exoneradas del impuesto general a las ventas cuyo nacimiento de la obligación tributaria se hubiera originado a partir de su vigencia, de no estar exoneradas de dicho impuesto.
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