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Tribunal de la Sunafil establece precedente sobre aplicación de principio

Publicado el 7 de diciembre de 2022 por Miguel Torres

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Moderna herramienta resolvió más de 110,000 consultas desde su lanzamiento en 2021.

El próximo jueves 15 de diciembre vence el plazo para que las empresas abonen la gratificación de navidad de sus trabajadores. Por tal motivo, la Sunafil puso a disposición de la ciudadanía el aplicativo “Calcula tu grati” a fin de que conozcan de manera referencial el pago que deben recibir.

La gratificación es un beneficio social que se otorga dos veces al año, tanto en julio como en diciembre, con ocasión de las Fiestas Patrias y la Navidad, respectivamente, para todos los trabajadores de este régimen.

El monto debe ser equivalente a una remuneración mensual íntegra, en caso el trabajador haya laborado el semestre completo del 1 de julio al 31 de diciembre. En caso no se tenga este periodo completo, la gratificación será equivalente a 1/6 de la remuneración computable por cada mes laborado.

Además de la gratificación, el empleador debe abonar una bonificación extraordinaria equivalente al 9 % del aporte al Seguro Social de Salud que hubiese correspondido efectuar con relación a la gratificación de diciembre.

En caso el trabajador esté cubierto por una Entidad Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria será igual al 6.75 %.

¿Cómo acceder al aplicativo?

Para acceder al aplicativo, puede ingresar a la página web www.gob.pe/sunafil, dirigirse hacia la sección «Enlaces de Interés» y luego hacer clic en el apartado «Calculadora Laboral». Una vez adentro, el sistema brindará herramientas diferenciadas para calcular las gratificaciones o la CTS.

Para continuar con el cálculo, el sistema le pedirá datos como el monto de su remuneración, las horas extras y las comisiones ganadas en el último semestre, por lo que se recomienda tener a la mano las boletas de pago.

En el caso de las microempresas, estas no están obligadas al pago de gratificaciones, sin embargo, las pequeñas empresas (cuyas ventas anuales oscilan entre las 150 y las 1700 UIT) sí las deben pagar, y el monto debe ser igual a media remuneración. Para ello, la empresa debe estar debidamente registrada en el Remype.

Los trabajadores de la pequeña empresa tienen derecho a recibir una bonificación extraordinaria del 9 %, conforme a la Ley N.° 30334.

Diario El Peruano 07.12.2022

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Publicado en: Laboral

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