La particularidad es que este año el 1 de mayo cae en un día en el que muchos de los trabajadores descansan: domingo.
El 1 de mayo, se conmemora el Día Internacional del Trabajo, fecha que es oficialmente declarada como feriado. Sin embargo, la particularidad es que este año cae en un día en el que muchos de los trabajadores descansan: domingo.
En ese sentido, es importante hacer algunas precisiones.
1. ¿Qué pasa si este 1 de mayo me toca trabajar?
En ese caso, si el trabajador labora en el día que coincide con su descanso semanal deberá recibir cuatro pagos:
- Pago por el día feriado
- Pago por el día laborado
- Sobretasa del 100 %
- Pago por día de descanso semanal (incluido ya en la remuneración regular).
Por ejemplo, si la remuneración diaria de un trabajador es de 80 soles, esta se multiplicará por 4, lo que hace que reciba un total de 320 soles por ese día laborado.
2. ¿Y si no trabajo el 1 de mayo, igual recibiré pago adicional?
Sí, en caso el 1 de mayo coincida con el día de descanso semanal y el trabajador no labore, se le deberá remunerar con dos pagos:
- Pago por el feriado
- Pago por el descanso semanal (incluido ya en la remuneración regular).
Es decir, el trabajador recibirá su pago regular más uno adicional por el feriado.
Por otro lado, el incumplimiento de pagos relacionados a los descansos en feriados no laborables es considerado como una infracción «muy grave» y dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados se puede sancionar de la siguiente manera:
Es importante precisar que el empleador podría optar por otorgar un descanso sustitutorio en lugar de los pagos mencionados. En este supuesto solo corresponde un día de descanso por el feriado laborado aun cuando este haya coincidido con el descanso semanal.
Diario El Peruano [01.05.2022]