Sunafil publicó su protocolo para inspeccionar la tercerización laboral, la cual no puede darse únicamente en las actividades esenciales de una empresa.
El martes 23 de agosto, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) aprobó su protocolo para la inspección de las actividades de tercerización laboral en nuestro país, luego de que se venciera el plazo de adecuación para las empresas, conforme al Decreto Supremo 001-2022-TR. Esta norma eliminó tal figura únicamente en las actividades esenciales (núcleo del negocio) que demanden desplazamiento permanente de personal.
A detalle, el objetivo de esta regulación publicada en El Peruano (Protocolo 001-2022-SUNAFIL/DINI) es el de fiscalizar el cumplimiento de la normativa sobre tercerización de servicios en general, y no únicamente la prohibición de tercerizar actividades nucleares. Así, serán materia de inspección tanto las empresas principales como las de tercerización.
En este sentido, el estudio Vinatea & Toyama recalca que la Sunafil podrá fiscalizar la inclusión de trabajadores de tercerizaciones desnaturalizadas en la planilla de la empresa principal, así como el pago de remuneraciones, gratificaciones y otros beneficios para la mano de obra sometida a este régimen.
En esa línea, las multas por incumplimiento para las empresas ascienden hasta los S/ 241.638 soles (52.53 UIT); y, en caso de verificarse que no se reubicó a los tercerizados en la planilla principal, la sanción puede llegar hasta los S/ 12.098 por cada trabajador (y sin perjuicio de multas adicionales).
Además, recalcan que la infracción será muy grave o insubsanable para la tercerizadora si le pone fin a los contratos de los empleados que realizan esta actividad en los núcleos de negocio.
Las investigaciones pueden extenderse hasta 60 días como máximo dependiendo del caso, agrega Sunafil. Finalmente, añaden que dicho protocolo contempla la responsabilidad solidaria entre la empresa y la de contratistas por las obligaciones laborales y de seguridad social que le corresponden al personal desplazado devengadas durante el tiempo de desplazamiento a la planilla principal.
Compañías exoneradas de sanción ante Sunafil
Alrededor de 150 empresas de diversos sectores económicos cuentan con una medida cautelar del Poder Judicial que les permite seguir tercerizando el núcleo del negocio hasta que se emita un fallo final. En estos casos, Ricardo Herrera señaló que están exoneradas de alguna sanción por parte de la Sunafil respecto a la adecuación de las nuevas reglas de la tercerización laboral.
Diario La República 30.08.2022