Diciembre es un muy esperado por muchos ya que contiene feriados y el pago de las gratificaciones por navidad. Por ello, una duda recurrente es qué sucede si un empleador despide semanas antes de la fecha del depósito a un trabajador.
De acuerdo con lo señalado por el MTPE, si se produce este acto los empleados deben recibir la «gratificación trunca».
El monto será equivalente a los meses completos laborados desde el inicio del semestre computable y la fecha de cese, el cual se paga dentro de las 48 horas posteriores al despido.
¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador para tener derecho a la liquidación de beneficios sociales?
El trabajador debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) Encontrarse registrado en la planilla electrónica.
b) Al menos debe tener un mes de vínculo laboral.
c) Para el pago de gratificación trunca, es necesario tener un mes calendario de labores.
d) Cualquier causal de extinción de vínculo laboral (por ejemplo, renuncia, acuerdo mutuo, cese por periodo de prueba, despido, entre otros) es válido para tener el derecho a la liquidación de beneficios sociales, siempre que cumpla con la opción a), b) y c).
¿Qué es y qué comprende la liquidación de beneficios?
La liquidación de beneficios es el pago de los beneficios truncos al momento del cese del vínculo. Estos pueden incluir la compensación por tiempo de servicios (CTS) trunca, vacaciones truncas, según correspondan, así como todo monto adeudo pendiente de pago.
¿Qué documentos se deben entregar junto con la liquidación?
La empresa está obligada a entregar un certificado de trabajo que indique el tiempo de los servicios y la naturaleza de las labores desempeñadas, así como una constancia de cese que le permita al trabajador disponer del fondo de CTS que tenga acumulado en la entidad financiera al momento del término del vínculo.
Diario El Peruano 22.11.2023