Faltan pocos días para comenzar diciembre, el mes que contiene diversos días festivos y que permitirá a los trabajadores descansar o realizar actividades con la familia. Por ello, a continuación te contaremos si este jueves 7 de diciembre será feriado o día no laborable para que puedas organizar algun paseo o viaje.
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 151-2022-PCM y el Decreto Legislativo N° 713 el próximo jueves 7 de diciembre será día no laborable.
Asimismo el viernes 8 y sábado 9 de diciembre son feriados nacionales por el Día de la Inmaculada Concepción y la Batalla de Ayacucho, respectivamente.
En días feriados, el trabajador debe descansar y percibir su remuneración habitual. Sin embargo, aquellos que acuerden trabajar estos días, sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple pago correspondientes a los siguientes conceptos:
- La remuneración correspondiente al día feriado
- La remuneración correspondiente a la labor efectuada
- Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100 % de la remuneración correspondiente a la labor efectuada.
En el caso de los días no laborables, es aplicable para los trabajadores del sector público.
Este día es considerado hábil, y a diferencia de un feriado, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
Tratándose del sector privado, cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a falta de acuerdo decidirá el empleador.
Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos estarán facultadas para determinar los puestos de trabajo que estarán excluidos de los referidos días no laborables.
Multas a empresas por no pagar el feriado trabajado
Los empleadores que no cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados estarían cometiendo una infracción muy grave en materia de derechos laborales.
Otros feriados en diciembre:
- Lunes 25 de diciembre: Navidad.
- Martes 26 de diciembre: día no laborable.
Diario El Peruano 29.11.2023
MEDARDO LOPEZ B dice
SALUDOS MIGUEL
Y EL JUEVES PORQUE ES FERIADO? O NO LABORABLE?
GRACIAS..