Documento detalla también las condiciones para desempeñar un trabajo en el país.
Una ‘Cartilla informativa sobre derechos laborales de trabajadores migrantes’, que se dirige a los ciudadanos extranjeros que desean desempeñar un trabajo en el Perú, publicó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
El documento, que se encuentra en la página web del citado portafolio, precisa que para laborar en el país el interesado deberá contar con una calidad migratoria de trabajador o trabajador designado.
Para fines migratorios, explica, trabajador es aquel que ingresa al país con el fin de desempeñar actividades laborales en virtud de un contrato previamente aprobado por el MTPE; y trabajador designado es el que entra sin ánimo de residencia.
Sin embargo, los extranjeros admitidos en el Perú con otra calidad migratoria podrán solicitar el cambio de esta condición ante la Superintendencia Nacional de Migraciones, señala la cartilla.
ÍndicesDe acuerdo con el Decreto Legislativo N° 689, Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros y su reglamento, las empresas del país pueden contratar personal foráneo en una proporción de hasta el 20% del número total de sus empleados.
“Las remuneraciones de los extranjeros no podrán exceder del 30% del total de la planilla. Existen exceptuados y exonerados y el contrato deberá ser necesariamente por escrito, con un plazo que no exceda los tres años e incluir las cláusulas que se indican en la referida norma legal”, afirma el documento del MTPE.
La cartilla indica que los nacionales de un Estado que forman parte del Mercado Común del Sur (Mercosur) podrán obtener la residencia legal en el Perú mediante la acreditación de su país de nacimiento y los requisitos señalados en el citado acuerdo.
Por la Decisión N° 545, ‘Instrumento Andino de Migración Laboral’, se reconoce la igualdad de trato y oportunidades a todos los trabajadores migrantes de los países de la Comunidad Andina: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, recuerda.
Además, subraya, podrán pedir permiso para suscribir contratos a Migraciones y luego firmar su contrato de labores. Asimismo, estarán facultados para identificarse con pasaporte o cédula de identidad de su país. Después, su empleador inscribirá el contrato en el Sistema Virtual de Trabajador Migrante Andino y tramitará su cambio de calidad migratoria.
Jornada y asignación
La cartilla recuerda que la jornada laboral en el Perú es de ocho horas diarias y 48 horas semanales (artículo 25 de la Constitución vigente). Es un principio constitucional recogido en el Decreto Supremo N° 007-2002-TR.
La remuneración mínima vital se encuentra establecida en el artículo 24 de la Carta Magna y en la actualidad es de 1,025 soles, agrega.
La asignación familiar, detalla, se otorga a los trabajadores que mantengan a su cargo uno o más hijos menores de 18 años, salvo que cursen estudios superiores en cuyo caso se extenderá el beneficio hasta su culminación por un máximo de seis años.
Diario El Peruano 30.04.2023