Ministerio difunde características del beneficio que se abona en las empresas con más de 20 empleados.
La guía ‘Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa’ publicó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para explicar las características de este derecho que tienen los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en las compañías con más de 20 empleados.
La publicación precisa que la distribución por parte de la empresa de un porcentaje de la renta anual antes de impuestos dependerá del tipo de actividad económica de la compañía.
Así, detalla, las empresas pesqueras distribuirán el 10%; las agrarias el 5% entre el 2021 y 2023, 7.5% entre el 2024 y 2026 y 10% a partir del 2027.
Por su parte, las compañías de telecomunicaciones repartirán 10%; las industriales, 10%; las mineras, 8%; las de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes, 8%; y las que efectúan otras actividades, 5%, anota.
La guía indica que las utilidades se distribuirán a todos los trabajadores que laboran en empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría, que obtuvieron beneficios y tengan más de 20 empleados.
Jornadas
Además, subraya, los trabajadores deberán estar sujetos al régimen de la actividad privada y haber cumplido la jornada máxima laboral establecida en la empresa, ya sea a contrato indefinido o sujeto a modalidad.
El personal a tiempo parcial, así como otros trabajadores con jornada inferior a la máxima establecida, participarán en las utilidades en forma proporcional a la jornada trabajada, señala.
Índices
El cálculo de distribución para cada trabajador será: el 50% en función de los días laborados y el otro 50% en función de las remuneraciones percibidas.
Diario El Peruano 24.09.2023