Desde el 2021 hasta octubre del 2023, a escala nacional, ingresaron un millón de procesos laborales nuevos, recordaron expertos, que proyectaron que este año se cerrará con el mayor número de pretensiones.
Las impugnaciones de despido; el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios; y los pagos de remuneraciones y beneficios sociales figuran entre las cinco materias más demandadas en el ámbito laboral durante este 2023, informaron los abogados Aracelli Morales Arenas y Enzo Yturrizaga Aguirre.
Los especialistas mostraron un análisis, de acuerdo con la data obtenida del Poder Judicial, el cual indica que desde el 2021 hasta octubre del 2023, a escala nacional, ingresaron un millón de procesos laborales nuevos.
Evolución
De acuerdo con esta información, en el 2021 se presentaron 337,433 demandas laborales; en el 2022 se registraron 312,444; y entre enero y octubre del 2023 fueron 273,071. Con esta data se calcula que el 2023 cerrará con el mayor número de demandas en los últimos tres años, proyectaron.
Los expertos señalaron que sobre las materias más demandadas la información obtenida permite concluir que, además de las mencionadas anteriormente, figuran las demandas contencioso-administrativas y las de materias previsionales u obligaciones de pago ante las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP).
En cuanto al sentido de las sentencias emitidas, la data indicaría que más del 80% de los fallos resultaron desfavorables para los demandados, ya que se resolvió declarar fundada la demanda, de forma total o parcial, recordaron los asociados del Área Laboral del estudio Miranda & Amado.
Respecto a la terminación de los procesos mediante las conciliaciones, existe un decrecimiento paulatino, pues en el 2021 se conciliaron 2,366 procesos; en el 2022 bajaron a 2,101; y entre enero y octubre del 2023 llegaron a 1,561. Por ello, la proyección es que, al cierre del 2023, este sea el año con el menor número de procesos terminados por conciliación entre las partes, advirtieron.
Morales mencionó que “la conflictividad laboral canalizada en la vía judicial continuará siendo parte de la agenda de los empleadores, que deberán estar preparados para defenderse ante las demandas de trabajadores, sindicatos, excolaboradores o personas que piden reconocimiento de vínculo laboral”.
“Por eso, recomendamos a los empleadores contar con mecanismos de prevención durante la relación laboral; auditar y supervisar los temas laborales y las relaciones con terceros y prestadores independientes; estimar adecuadamente los riesgos de las demandas y los resultados posibles; revisar o reforzar las estrategias de defensa frente a las demandas laborales; y, de ser el caso, encontrar formas de solución o gestión que puedan resultar más adecuadas”, afirmó.
Decisiones
Por su parte, Yturrizaga sostuvo que las sentencias más relevantes emitidas en el 2023 por el Poder Judicial, así como los temas abordados en estas decisiones de la Corte Suprema de Justicia de la República, son muy diversos.
Así, figuran asuntos vinculados con la contratación de trabajo o con terceros, la jornada de trabajo atípica, el otorgamiento de beneficios a los no sindicalizados, las impugnaciones de despido, las indemnizaciones que solicitan los trabajadores, y la seguridad y salud en el trabajo, entre otros; con criterios nuevos o más precisos que es recomendable revisar, aconsejó.
El especialista destacó cinco temas más relevantes de los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia como, en primer lugar, la contratación temporal, con criterios más restrictivos en cuanto a las causales objetivas de este vínculo, especialmente en contratos por inicio o incremento de actividad.
Además, dijo, figuran los despidos sustentados en el incumplimiento de labores, en los cuales se resalta la importancia de respetar criterios de proporcionalidad al momento de sancionar a los trabajadores cuando incurran en faltas graves, por lo que no será siempre el despido la sanción aplicable.
Se suma la supuesta injuria o gestos obscenos como causal de despido, que son cada vez más recurrentes. La Corte Suprema estableció que se debe evaluar el contexto en el que se profieren frases y/o se producen gestos para determinar si se configura una falta grave, alertó.
Además, anotó, se encuentra el daño moral. La Corte Suprema empezó a consolidar su postura respecto a que le corresponde al demandante probar que se le generó daño moral como parte de la responsabilidad del empleador, detalla.
Respecto a la entrega de beneficios a trabajadores no sindicalizados, se estableció que el empleador se encuentra facultado para otorgar unilateralmente derechos similares a los pactados por convenio colectivo a este personal por una razón de igualdad o equiparación, puntualizó el experto.
Defensa
Enzo Yturrizaga sostuvo que este año se dictaron “diversas sentencias laborales que han obligado a los empleadores a ajustar, revisar o reforzar su defensa legal en los procesos judiciales; pero, a su vez, a revisar, reforzar o actualizar la gestión sobre los temas laborales respecto de su personal”.
Además, alertó, es probable que, en el 2024, los criterios o las decisiones más relevantes se dirijan a los temas relacionados con las sanciones disciplinarias y los ceses de personal, pago de derechos o beneficios, demandas de indemnización por temas vinculados con la seguridad y salud en el trabajo, y los derechos de los trabajadores sindicalizados o de los sindicatos.
Cifra
4 millones 57,000 trabajadores figuran en la planilla electrónica y laboran con plenos derechos laborales, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Diario El Peruano 22.12.2023