El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó el reglamento de la Ley que regula el otorgamiento de la asignación familiar, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2023-TR.
La autoridad de Trabajo, de este modo, procedió con adecuar el reglamento a la modificación dispuesta por la Ley Nº 31600, que extendió este beneficio a los trabajadores con uno o más hijos, mayores de 18 años, con discapacidad severa, debidamente certificada, salvo que perciban la pensión no contributiva por discapacidad severa establecida por la Ley Nº 29973.
La norma también señala que los trabajadores tienen derecho a percibir dicha asignación familiar hasta que los hijos cumplan 18 años, salvo que estos se encuentren siguiendo estudios superiores o universitarios, en cuyo caso dicho beneficio se ampliará hasta la culminación de los mismos por un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.
De esta forma, la norma suscrita por el titular de Trabajo, Alfonso Adrianzén Ojeda, modificó el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 035-90-TR.
Por lo tanto, corresponderá la asignación familiar para trabajadores con hijos mayores de 18 años con discapacidad severa, señala un informe del Estudio Benites, Vargas & Ugaz Abogados.
Diario El Peruano 02.03.2023