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Ley regula cuota de empleo a personas con discapacidad

Publicado el 11 de julio de 2022 por Miguel Torres

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Entidades públicas y privadas están obligadas a cumplir con los porcentajes establecidos.

Las entidades públicas y privadas están en la obligación de contratar a las personas con discapacidad (PCD) en los porcentajes establecidos por la legislación sobre este sector vulnerable, a fin de que puedan realizar trabajos dignos y adecuados.

Así lo sostuvo la jueza suprema Janet Tello Gilardi en el seminario ‘Discriminación en el trabajo e inclusión laboral de las personas con discapacidad. Análisis comparado en la jurisprudencia Perú-España’, organizado por la Comisión de Acceso a la Justicia, la cual preside, junto con la Universidad de La Coruña de España.

La Ley Nº 29973 señala que las empresas públicas están obligadas a contratar PCD en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal, y los empleadores privados, con más de 50 trabajadores, en una proporción no inferior al 3%.

Al respecto, la magistrada manifestó que un perfil sociodemográfico del INEI arroja que más del 39% de la población de 14 y más años con alguna discapacidad participa en la actividad económica, pero desde el “subempleo y en condiciones indignas”.

Empero, calificó de “esperanzador” ver los avances del país conseguidos en los campos legislativo y jurisprudencial en favor de las PCD, así como el cambio de la Convención Internacional, el 2008, que significó pasar de un modelo terapéutico y rehabilitador a uno social.

Agregó que, antes que las leyes peruanas modifiquen el reconocimiento de su capacidad jurídica, la judicatura trabajó el Protocolo de Atención de las Personas con Discapacidad, instrumento que ha permitido involucrarse en las necesidades de este sector.

Mencionó, además, el “caso emblemático” del abogado cusqueño Edwin Béjar Rojas, actual juez con deficiencia visual “que no tuvo discapacidad para llegar a ejercer la magistratura, pero sí mucha discriminación” en su proceso de selección.

 Este magistrado, dijo, emitió la primera sentencia que aplicó el control difuso de convencionalidad para reconocer la plena capacidad jurídica de las personas con discapacidad, eliminando la interdicción, lo cual fue “la semilla de todos los cambios positivos dados en el país”.

Diario El Peruano 11.07.2022

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Publicado en: Laboral

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