La negativa de los permisos especiales a los trabajadores por circunstancias personales que atraviesan y que los obligan a realizar una para en sus labores diarias, calificadas como licencias, puede ser sancionada con un multa de hasta 241,638 soles.
Así lo advirtió la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), al precisar que existen diferentes tipos de licencias o permisos remunerados que, por ley, los empleadores deben otorgar a sus trabajadores.
“Desde la Sunafil se supervisa que estas licencias se otorguen y se cumplan conforme lo indica la ley”, refiere la entidad, tras detallar que las sanciones son calculadas según el tipo de empresa y de trabajadores afectados.
“Si es una microempresa, la multa oscila entre 1,058 y 3,128 soles. Si se trata de una pequeña empresa, la multa se establece entre 3,542 y 35,190 soles. Y si no es una mype, la multa se considerará entre 12,098 a 241,638 soles“, anotó.
Entre las licencias más frecuentes, dijo, figuran por maternidad, el permiso por lactancia materna, la licencia por cáncer y la licencia por asistencia médica y terapias.
La legislación también prevé las licencias obligatorias por paternidad de 10 días calendario consecutivos; y la licencia por ser miembro del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, por 30 días por año para realizar sus funciones, entre otras.
Diario El Peruano 03.08.2022