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¿Despido arbitrario? Sunafil orienta a trabajadores en el ejercicio de sus derechos

Publicado el 25 de enero de 2023 por Miguel Torres

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El trabajador puede solicitar una Indemnización por Despido Arbitrario (IDA) así como la reposición en el puesto.

El despido de un trabajador solo puede darse si existe una causa justa que tenga que ver con su capacidad o con un tema de conducta, como llegar al centro de labores en estado de ebriedad, apropiarse de bienes de la empresa, revelar información confidencial, entre otros.

Para que el despido sea válido la empresa debe contar con los elementos de prueba que sustenten esta decisión.

De no ser este el caso, se puede iniciar una demanda por despido arbitrario. Para tal fin puede seguir estos sencillos pasos:

– El trabajador debe presentar su denuncia de modo presencial o virtual en los canales de Sunafil.

– Ingresará los datos del empleador o la razón social de la empresa que lo ha despedido.

– También deberá acreditar que tiene vínculo laboral con el empleador o con la empresa.

– Ingresará el período laborado. Entre otros.

Con la información proporcionada, Sunafil asignará a un inspector del trabajo para que acuda al centro de trabajo y levante la información pertinente, con el fin de constatar las razones del despido y si para ello se cumplió con el procedimiento establecido. 

Lo constatado se registrará en el acta respectiva, la cual servirá para la conciliación extra proceso o para el proceso judicial que tenga a bien iniciar el trabajador.

Indemnización por despido arbitrario

El trabajador tiene derecho a una Indemnización por Despido Arbitrario (IDA), si tuvo un contrato a plazo fijo. El pago equivale a una remuneración y media por cada mes dejado de laborar hasta la fecha en que terminaba el contrato.

En el caso de los servidores con contrato a plazo indeterminado, recibirán el pago equivalente a una remuneración y media por cada año laborado.

Cabe destacar que para exigir la indemnización el trabajador debe recurrir a la vía judicial, debido que la Sunafil solo tiene facultad para realizar verificaciones de despido arbitrario sobre trabajadores del régimen laboral de la actividad privada.

Diario El Peruano 24.01.2023

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Publicado en: Laboral

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