Las modificaciones al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador, que se aprobaron mediante el Decreto Supremo N° 011-2023-TR, permitirá un mayor uso y agilizar el mecanismo de la conciliación administrativa laboral, sostuvieron los abogados María Ángela Vásquez Paredes y Daniel Robles Ibazeta.
Obligaciones
Además, dijo, se incorporan nuevas obligaciones para el conciliador como analizar la solicitud y firmar la invitación a conciliar (de manera virtual u ológrafa); e identificar los problemas del conflicto y el interés de las partes.
Para tal fin, tendrá la libertad de acción para facilitar el diálogo, informar las ventajas de la conciliación e incentivar el acuerdo, anotó. Asimismo, el conciliador propondrá fórmulas conciliatorias no obligatorias.
La especialista detalló también que otra modificación señala que el acta con el acuerdo virtual debe grabarse y remitirse a las partes vía correo electrónico. El conciliador estará facultado para solicitar el retiro del asesor cuando, a su juicio, perturbe o impida el desarrollo de la audiencia de conciliación, agregó.
A su vez, el socio fundador de Robles Ibazeta Consultores destacó que los cambios más significativos al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador se centran en la posibilidad de realizar conciliaciones administrativas laborales de manera virtual, antes limitadas a entornos presenciales.
“Esto agilizará los procedimientos al permitir que las partes resuelvan sus disputas sin necesidad de acudir físicamente a una sede. Además, se establecen pautas claras sobre la solicitud de conciliación, documentos necesarios, notificaciones, formalidades de las actas, entre otros aspectos que brindan un marco más claro para el proceso de conciliación”, enfatizó.
Herramientas
Vásquez manifestó que el uso de las herramientas tecnológicas en la conciliación administrativa laboral posibilitará fomentar su uso como un mecanismo de resolución de conflictos, lo cual contribuiría a desconcentrar el Poder Judicial.
“En la actualidad, un juicio laboral dura como mínimo dos años, mientras que en la vía de la conciliación puede demorar un par de meses como máximo. “Por lo mismo, es importante difundirla para que la utilicen tanto los trabajadores como los empleadores”, aseveró.
A su turno, Robles señaló que la implementación de las herramientas tecnológicas permitirá un acceso más amplio y ágil a la conciliación administrativa laboral, al eliminar las barreras geográficas y reducir la necesidad de desplazamientos físicos.
“Además, la virtualización agilizará los tiempos de resolución de conflictos, pues promoverá una solución más rápida y eficiente. También podrá contribuir a la reducción de costos y aliviar la carga sobre los tribunales al resolver disputas fuera del sistema judicial”, recalcó.
Difusión
Vásquez expresó la necesidad de intensificar la difusión de los beneficios de la conciliación administrativa laboral para que sea más efectiva, pues “la mayoría de trabajadores siempre acude al Poder Judicial e inicia un proceso largo, que les genera mayores gastos, como el pago de tasas, copias y los honorarios de un abogado”.
“En cambio, por medio de la conciliación, sus reclamos se atienden más rápido y la conciliación es gratuita, incluyéndose la asesoría de los abogados del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo [MTPE]”, afirmó.
Robles señaló que si bien la virtualización es un paso significativo, como otra mejora se podría considerar la implementación de plataformas o herramientas específicas diseñadas para facilitar y agilizar aún más el proceso de conciliación virtual.
“Esto incluiría sistemas para presentar documentos de manera segura, facilitar la interacción entre las partes y el conciliador, así como garantizar la autenticidad y validez de los acuerdos alcanzados”, puntualizó.
Preparación previa
Sobre cómo se deben preparar los empleadores y trabajadores para lograr una conciliación laboral adecuada para sus intereses, María Ángela Vásquez afirmó que ambas partes deben contar con una asesoría legal adecuada para que antes de la audiencia tengan identificados claramente cuáles son los problemas del conflicto y el interés de la parte que invita a la conciliación.
“De esta manera, podrán asistir a la audiencia con una propuesta conciliatoria”, sostuvo la experta.
Por su parte, Daniel Robles manifestó que tanto empresas como trabajadores se pueden alistar para una conciliación efectiva manteniendo registros claros y precisos de las disputas laborales, documentos relevantes y comunicaciones relacionadas.
“Deberían familiarizarse con el uso de herramientas tecnológicas específicas para conciliaciones virtuales. Además, es esencial comprender los derechos y obligaciones laborales para negociar de manera informada y buscar soluciones equitativas”, anotó.
Diario El Peruano 15.12.2023