MEF publicó disposiciones complementarias para la entrega de esta ayuda.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Decreto Supremo que dicta disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad para el Año Fiscal 2024. ¿Quiénes lo reciben y cuándo se realizará el pago? Entèrate en la siguiente nota.
¿Cuánto es el Bono Escolaridad 2024?
La Bonificación por Escolaridad es un apoyo económico de S/ 400,00 que brinda el estado para solventar los gastos escolares de los hijos de los servidores públicos.
¿Quiénes son los beneficiarios del Bono Escolaridad 2024?
La Bonificación por Escolaridad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220; el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153.
También los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
Asimismo, a los servidores penitenciarios y los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
¿Cuándo se pagará el Bono Escolaridad 2024?
Este monto se abonará por única vez, en la planilla de pagos del mes de enero de 2024 y, para el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el pago de la Bonificación por Escolaridad se abona, por única vez, en la planilla de pagos del mes de junio de 2024.
¿Cómo saber si soy beneficiario del Bono Escolaridad 2024?
La norma establece los siguientes requisitos para recibir esta ayuda económica:
- Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
- Contar en el servicio con una antigüedad no menor de 3 meses . Si no cuenta con el referido tiempo, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
- Para el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, tienen derecho a percibir la Bonificación por Escolaridad, siempre que cumplan de manera conjunta con las siguientes condiciones:
- Estar laborando en el mes de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Diario El Peruano 11.01.2024