Autógrafa recae sobre los proyectos de ley 168, 1923, 2206 y 2070 y establece que esta actividad estará gravada con un impuesto de 12%, entre otras disposiciones.
El Pleno del Congreso aprobó anoche, con 91 votos a favor y en primera votación, el texto sustitutorio de los proyectos de ley 168, 1923, 2206 y 2070, que propone regular las apuestas deportivas y no deportivas a distancia.
La iniciativa, exonerada de segunda votación, crea el impuesto a los juegos y a las apuestas deportivas a distancia. Además, designa a la autoridad administrativa competente y establece las infracciones aplicables a esta actividad, entre otras.
De esta manera, determina que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) será la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas por internet.
Asimismo, establece que la alícuota del impuesto será del 12% de la base imponible, y que la Sunat será la entidad pública administradora de dicho impuesto.
Así, el 20% de los ingresos generados por este impuesto serán transferidos al Ministerio de Salud para programas de salud mental, otro 20% constituirá ingresos al Tesoro Público, así como un 20% se entregará al Instituto Peruano del Deporte (IPD) para promoción y masificación del deporte a nivel nacional.
Finalmente, el 40% restante será para el Mincetur, quién destinará el 25% a labores de control y fiscalización de la explotación de plataformas tecnológicas de los juegos online, y el 75% restante a la promoción y desarrollo turístico.
La Sunat, mediante resolución de superintendencia, establecerá la forma, plazo y condiciones en los que se efectuará la declaración y pago de este tributo.
Diario La República [15.07.2022]