Tras casi nueve meses de promulgarse la Ley del Servicio Civil (4 de julio del 2013), ayer se publicó el proyecto de su reglamento, con algunas precisiones, entre las cuales destaca que los trabajadores del Estado que desaprueben dos veces consecutivas las evaluaciones serán separados de la entidad pública en la que laboran.
El documento, elaborado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), explicó que los trabajadores serán considerados «desaprobados» recién en la segunda oportunidad en que obtengan una «calificación sujeto a observación», sea de manera consecutiva o en un plazo de cinco años, motivo por el cual serán desvinculados o despedidos automáticamente de la entidad estatal donde trabajan.
Y si el trabajador estatal que fue despedido decide apelar este resultado, será el Tribunal del Servicio Civil el que decidirá en última instancia.
“El personal calificado como desaprobado y que haya terminado su vínculo con el servicio civil no tiene impedimento para postular en cualquier proceso de selección», aclara el proyecto de reglamento, que además reafirma que los trabajadores del servicio civil tendrán derecho a la sindicalización y a la huelga.
Juan Carlos Cortez, presidente de Servir, aseguró que este reglamento tiene por finalidad revalorar la función pública, introducir la meritocracia en el Estado y ofrecer servicios de calidad a los ciudadanos.
«La voluntad no es despedir a personas masivamente, sino evaluarlas por su desempeño. Estamos planteando que cada institución se preocupe ahora y siempre por su personal, es inconcebible que una persona trabaje 20 años y no sea capacitada para mejorar su labor», señaló.
Respecto a los empleados de confianza, Cortez afirmó que todas las instituciones tendrán un 5% de personal de este tipo, pero que estos deberán responder a los perfiles del puesto que se requiera.
Consultado por las mejoras salariales de los empleados que aprueben los concursos, el funcionario explicó que junto al Ministerio de Economía se establecerá un Reglamento de Compensaciones que responderá a la valorización que tenga cada puesto.
Cortez lamentó que los empleados del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional no vayan a ingresar en este régimen. «Creo que les sería muy beneficioso adecuarse. Pronto se darán cuenta», sostuvo.
Agregó que las empresas del Estado también estarán exentas de la Ley Servir, «pues tienen un régimen distinto, incluso cobran utilidades», argumentó.
Explicando el reglamento
El reglamento se plantea aclarar todas las dudas existentes sobre las nuevas reglas de juego de la Ley del Servicio Civil, que está a disposición de los ciudadanos en la página web de Servir: www.servir.gob.pe.
Ahí se podrá conocer sobre las directivas y normas para la gestión de la capacitación, rendimiento y evaluaciones. Así como el régimen disciplinario, procedimiento sancionador y los derechos corporativos de cada uno de los trabajadores.
El presidente de Servir, Juan Carlos Cortez, señaló que en principio son más de 500 mil trabajadores públicos (de los regímenes 276, 728 y CAS) los que podrían trasladarse a este nuevo régimen laboral.
Estimó que desde agosto próximo ya estarían ingresando los primeros empleados estatales al Servicio Civil, aunque no precisó en qué entidades se darían estos primeros traslados.
Diario La Republica (02/04/2014)