Así lo establece la Ley N° 31047.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a la ciudadanía que las trabajadoras del hogar podrán gozar de un feriado adicional cada 30 de marzo con ocasión del Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar.
Así lo determina la Ley N° 31047, Ley de las Trabajadoras y trabajadores del hogar “Se considera feriado no laborable remunerado el 30 de marzo de cada año, por el Día de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar.” se lee en el documento legal.
Cabe destacar que los trabajadores (as) también tienen derecho a descansos remunerados semanales y feriados, así como a vacaciones remuneradas luego de un año continuo de servicios.
«El récord trunco se compensa a razón de tantos dozavos y treintavos de la remuneración como meses y días computables hubieren laborado, respectivamente.»
Para aquellos que presten servicios con residencia en el domicilio de la persona empleadora, los períodos durante los cuales no disponen libremente de su tiempo y permanecen a disposición del hogar son considerados como horas de trabajo.
Diario El Peruano 29.03.2023