La Guía orientadora para implementar el teletrabajo en las entidades públicas publicó la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) con el objetivo de que las oficinas de recursos humanos de las instituciones conozcan el proceso para la puesta en marcha de la citada modalidad laboral dentro de los plazos establecidos.
El documento, que se aprobó mediante Resolución N° 054-2023-Servir-PE, responde a una serie de consideraciones generales vinculadas con las características del teletrabajo, del teletrabajador y en qué modalidades se puede desarrollar en la entidad.
Aborda también los temas de la desconexión digital, la duración de la jornada laboral, los derechos y obligaciones del teletrabajador, las obligaciones de la entidad pública respecto al teletrabajo, los recursos que se asignan al teletrabajador y la reversión de la modalidad.
A la par, detalla los criterios que las entidades públicas deben considerar para la identificación de un puesto teletrabajable, el procedimiento para implementar el teletrabajo en estas instituciones, el reporte del teletrabajo, las responsabilidades de los actores del teletrabajo, las actividades que efectuará el teletrabajador, así como las tareas de control y seguimiento. La guía incluye como anexos el Formato de solicitud y aprobación de cambio de modalidad de trabajo, la Matriz de evaluación de criterios, el Plan de implementación y la Matriz de control y seguimiento de teletrabajo.
Necesidades de la entidad
Servir recalca que el teletrabajo es una modalidad especial de prestación de labores regular o habitual, aplicable a las entidades públicas, que se efectúa de forma subordinada sin presencia física del servidor en el centro de trabajo, de acuerdo con las necesidades de servicio que prestan y sujetándose a los recursos humanos, digitales y presupuestales.
Además, señala, se orienta a la necesidad de la institución, entendiéndose como tal a las necesidades de organización, gestión u otras con la finalidad de alcanzar sus objetivos.
Mientras, el teletrabajador es toda persona que labora, de forma subordinada, desde un lugar distinto a la oficina, con el uso de internet, videoconferencias para comunicarse y desarrollar sus actividades.
Cifra
6 pasos deberán seguir las oficinas de Recursos Humanos para implementar el teletrabajo.
Diario El Peruano 25.03.2023