La finalidad es desvirtuar el fraude y/o la falsedad de información y el cumplimiento de la normatividad sustantiva.
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) aprobó la Directiva N° 005-2022-ONP/JF, ‘Directiva sobre la fiscalización de expedientes administrativos del Sistema Nacional de Pensiones’, con la finalidad de fijar los lineamientos que regulen la supervisión posterior de los legajos; así como las acciones de comprobación de la veracidad de los documentos presentados al inicio de las prestaciones previsionales.
De acuerdo con el documento, que se aprobó mediante la Resolución Jefatural N° 096-2022-ONP/JF, la fiscalización posterior es el mecanismo de control posterior que involucra la revisión de la información y/o documentación presentada por los solicitantes en el contexto de un procedimiento administrativo de alguna prestación previsional prevista en el texto único de procedimientos administrativos de la entidad.
La finalidad es desvirtuar el fraude y/o la falsedad de estas y el cumplimiento de la normatividad sustantiva y consta de tres etapas: identificación de casos, análisis y conclusión de fiscalización posterior, precisa la norma.
Calificación
La ONP aprobó también la Directiva N° 006-2022-ONP/JF, ‘Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones’.
La resolución Nº 097-2022-ONP/JF precisa que esta directiva constituye una regulación de carácter general que contiene información relevante y de interés para los usuarios de los servicios que presta la ONP.
Diario Peru21 [10.05.2022]