Para trabajo presencial se exige el esquema completo de vacunación (dos dosis + refuerzo).
Las empresas peruanas, independientemente de su tamaño, deben considerar las nuevas infracciones establecidas en el decreto supremo Nº 004-2022-TR sobre la vacunación exigida para los trabajadores que realicen labores presenciales.
Entre las nuevas exigencias está exigir a los trabajadores las dosis completas de vacunación contra el COVID-19 (dos dosis + refuerzo) para cumplir con sus obligaciones presenciales.
A modo de ejemplo, Pierre Mendoza, director en HR Legal Lab, explica que si en el centro de trabajo laboran 120 personas, dentro de los cuales cinco no cuentan con la vacunación exigida, “la Sunafil podría importe una multa de S/ 65,228 (equivalente a 14.18 UIT)”.
“¿Por qué? Porque esta nueva infracción se calcula sobre la totalidad de trabajadores que realizan actividad presencial en el centro de trabajo en donde se detectó la infracción (120 en el ejemplo), y no sobre los trabajadores que no completaron la vacuna (5 en el ejemplo)”, detalló.
“Recordemos que las multas laborales, como regla general, se calculan sobre la cantidad de trabajadores afectados y la gravedad de la infracción detectada. Ello no ocurre en este caso, en donde la afectación se extiende a todos los trabajadores que laboran de forma presencial en el centro de trabajo”, agregó.
Como se recuerda, desde el 16 de abril de 2022, es exigible que los trabajadores que realicen trabajo presencial cuenten con el esquema completo de vacunación (dosis completa + refuerzo), siempre que se encuentren habilitados para recibirlo.
“Los trabajadores con reacciones alérgicas a la vacuna o con contradicciones médicas podrían considerarse exceptuados de la vacunación exigida. Al no existir una regulación para el trabajo presencial en estos casos, es recomendable la aplicación del trabajo remoto o acordar una licencia”, precisa HR Legal Lab.
Diario Gestión [22.04.2022]