Mediante la Resolución Superintendencia 276-2017 se aprueba un nuevo sistema de emisión electrónica SEE-ME.
El SEE – ME, es parte del SEE, como el medio de emisión del ticket ME y la nota de crédito electrónica.
Emisor Electrónico
Quienes pueden acogerse:
- Estar acogido al Nuevo RUS.
- No tener para efectos del RUC la condición de domicilio fiscal no habido.
- No tener en el RUC el estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción.
Una vez que se cumpla con lo dispuesto en el párrafo anterior, el sujeto debe cumplir con la condición consistente en autorizar, a través de la opción que señalé SUNAT Operaciones en Línea, al(a los) PSE ME que ha contratado, para que este(estos) realice(n) en su nombre las actividades inherentes a la emisión electrónica en el SEE – ME.
Emisión del Ticket ME
El PSE ME emite el ticket ME a nombre del emisor electrónico inmediatamente después de verificada la conformidad del pago realizado con dinero electrónico, siempre que el emisor electrónico le dé esa instrucción a través de la opción que se habilite para ello.
El otorgamiento del ticket ME se efectúa con el envío de la representación digital.
Vigencia
La presente resolución entra en vigencia el 1 de febrero de 2018.