No se exigirá la vigencia del DNI, fijan la latencia automática y se simplifican trámites.
A tono con las medidas de simplificación administrativa que impulsa el Poder Ejecutivo, Essalud flexibilizó los requisitos para los pagos de los subsidios y prestaciones económicas que otorga a sus asegurados o familiares.
Así, para los trámites administrativos ante esta entidad, no se exigirá la vigencia del DNI del solicitante, señala la Resolución de Gerencia General N° 1380-GG-ESSALUD-2017.
Beneficios
Además, el derecho especial de cobertura en salud por desempleo (latencia) será otorgado automáticamente, sin previa solicitud, a aquellos asegurados que cumplan con los requisitos legales.
La norma precisa, también, que para solicitar el subsidio por incapacidad temporal por accidente de trabajo no será necesario presentar copia del aviso del accidente al Ministerio de Trabajo.
A su vez, detalla que para acceder al subsidio por incapacidad temporal o maternidad cuando el titular haya fallecido (tratándose de pago directo) uno de los herederos podrá cobrarlo siempre que los demás le hubieran otorgado poder, mediante declaración jurada simple, si el monto no supera la ½ UIT.
En el caso de la prestación por sepelio, los herederos del beneficiario fallecido que no haya sido asegurado facultativo podrán cobrar el beneficio presentando una declaración jurada con firma y huella digital, designando a uno de ellos, para que a nombre de los demás pueda solicitar el pago de la prestación devengada y no cobrada.
Por último, se faculta a la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas de Essalud la aprobación de los formatos de las declaraciones juradas y formularios.
Trascendencia
Esta medida adoptada por Essalud es positiva porque se realiza en cumplimiento de los decretos legislativos N° 1246 y N° 1272 aprobados por el Poder Ejecutivo en materia de simplificación administrativa, comentó Víctor Zavala, gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Por ende, considera que se flexibilizan los requisitos para reclamar los subsidios que otorga Essalud. La CCL planteó, además, la posibilidad de que los empleadores puedan deducir de sus pagos mensuales a Essalud los subsidios que a cuenta de esta entidad otorguen mensualmente a los trabajadores, indicó Zavala.
Apuntes
A criterio del laboralista César Puntriano, lo más importante es que Essalud facilita el pago directo de los subsidios de los trabajadores fallecidos.
Además, los trabajadores se benefician con la simplificación de los trámites para acceder a atención médica cuando estén desempleados, dijo.
El Peruano (06/10/2017)